NOTA DEL MES:

Entrevista conmemorativa: 15 de Junio y 2° Aniversario de BLOG EGCI

Isolina Dabove: “Hace falta tener una educación pensada desde el envejecimiento”.

Al conmemorarse un año más el 15 de Junio el “Día Mundial de la Toma de Conciencia sobre el maltrato y el abuso a las Personas Mayores”, y con él, el segundo año de vida de BLOG EGCI, la apuesta fue entrevistar a una especialista en el tema y abordar algunas cuestiones que vinculen este día internacional con las posibilidades que aporta el Derecho a esta problemática. Así, BLOG EGCI conmemora esta fecha con la doctora María Isolina Dabove.

En varias partes de la Argentina, el pasado 15 de Junio fue conmemorado de diversas maneras. Jornadas, encuentros, seminarios y distintas actividades participativas se realizaron por organizaciones de y para mayores. El color violeta inundó gran parte de esta jornada en el pecho de cada persona que portó una cinta para sumarse a esta toma global de conciencia.

Unas de las voces más consultadas y activas para este día fue la doctora Isolina Dabove a través de sus participaciones en medios de comunicación y las distintas instancias de charlas y capacitación a las que aportó su saber y su pasión sobre esta temática.

Dabove se refirió a la necesidad de seguir instalando esta temática en la agenda social y remarcó la importancia en la formación profesional y técnica específica sobre esta problemática en el camino de la sensibilización. “Creo que además de alfabetizar a través de los medios de comunicación, hay que generar programas educativos (desde la primaria, la secundaria, la universidad) sensibles a la conciencia jurídico-gerontológica. Hace falta tener una educación pensada desde el envejecimiento”.

“En relación a la profesión del Derecho es muy poco lo que hemos avanzado, un indicador es la minoría de abogados que suelen animarse a especializarse en Derecho de la Ancianidad. Los responsables de un cambio de mirada serían, en primer lugar, la propia universidad, las facultades de Derecho en las que debería insertarse como materias optativas u obligatorias la enseñanza del Derecho de la Vejez. Luego, los colegios profesionales que deberían incentivar la difusión de los derechos y de las instituciones habilitadas para hacer efectivo los derechos en caso de su violación. En el marco del Poder Judicial, la formación de jueces con esta mirada gerontológica, y el rediseño de las instituciones procesales y jurisdiccionales para que sean acordes en sus plazos”.

“Argentina es el único país del mundo donde dos universidades nacionales, la de Rosario y la de Buenos Aires, dictan para los estudiantes de Derecho una materia específica (Derecho de la Ancianidad). En Córdoba se está desarrollando un curso de postgrado con miras a que sea, cuando se pueda, una materia de grado. Hay propuestas también para hacerlo en La Rioja y en Santiago del Estero. La idea es desarrollar una mirada integral de los derechos de las personas mayores y no sólo del Derecho Previsional”, preció Isolina Davobe.

Luego, BLOG EGCI quiso saber la opinión de Dabove respecto a si esta efeméride mundial ha contribuido o no a la sensibilización de esta problemática en nuestro país. “En términos generales, es muy positivo contar con un día destinado a la reflexión en torno a la violencia de las personas mayores. Esto ha movilizado lentamente a las instituciones gerontológicas, y a partir de ahí ha llegado a los medios de comunicación. Esto no es poco. Ahora hay que dar otro salto mayor. Por ejemplo, en torno a las escuelas para que se debata esto que no ha penetrado todavía en los niveles educativos”.

En cuanto a la incidencia del 15 de Junio en lo normativo, la especialista consideró que “es positivo pero no ha tenido suficiente impacto en la legislación, por lo menos en Argentina”. En este marco, se refirió a la Ley Nacional 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar, promulgada en 1994 y reglamentada por el Poder Ejecutivo Nacional dos años después: “Tenemos, en relación a la violencia, legislaciones a nivel nacional y en cada provincia existen leyes contra la violencia familiar que tienen dos problemas en relación a la vejez: uno que sólo se aplica al ámbito familiar, y muchas situaciones de violencia lo exceden. Por ejemplo, la violencia en los geriátricos, en el trato en la administración pública, la violencia en las calles, en la cultura y en los medios de comunicación, entre otros. Entonces cuando una persona mayor es objeto de un acto de violencia fuera del marco familiar, los jueces difícilmente apliquen por analogía, por extensión, esta herramienta”, acotó.

El otro punto débil de la citada legislación, según Dabove, es que “está pensada para la protección de las mujeres y los niños. Tanto es así que esta Ley dice que los niños, los incapaces como los ancianos tendrán que hacer la denuncia con la participación de un Ministerio Público, con lo cual está dando por sentado, de una mala manera, de una manera ilegal también, que un anciano es un incapaz cuando no ha ido declarado así judicialmente. Esto va en contra de la autonomía y la independencia de las personas mayores que no han sido consideradas incapaces”. Sin embargo, la reconocida abogada concluyó: “La persona mayor puede hacer uso igual de la Ley de Violencia Familiar, que aunque tiene estos defectos no impide que la persona utilice estos mecanismos”.

Ahondando en algunos mecanismos de protección que aporta el Derecho, Isolina Dabove especificó que “la persona violentada o cualquier otra que tenga conocimiento y alguna prueba de una situación de violencia ejercida contra una persona mayor puede hacer una denuncia (que va a conservar el anonimato) ante cualquier sección policial o juez que esté de turno. No hace falta contar con un abogado para hacer la denuncia, no obstante es mejor contar con el asesoramiento para que no se frustre la denuncia, para que continúe el proceso. Luego el juez de turno tiene 48 horas para tomar cartas en el asunto”.

“En caso de considerar de que hay indicios suficientes para pensar en una situación de violencia, entonces el juez va a tomar al menos dos medidas: por un lado, va a ordenar la exclusión inmediata del hogar del agresor y establecer un perímetro de prohibición de acercamiento y contacto con la persona agredida. Si esto se viola da lugar a intervención policial. Una vez apartado el agresor, la segunda alternativa que tiene el juez es obligar al agresor a someterse a algún tratamiento psicólogo para ver si es posible revertir el cuadro así como también se le va a ofrecer a la víctima apoyo psicológico”.

Dabove remarcó sobre este mecanismo que “es a corto plazo. Luego hay que volver a pensar qué otras medidas, en mediano plazo, se pueden llegar a adoptar sabiendo que en el fondo la violencia en las relaciones sociales no puede ser resuelta sólo por lo jurídico”.

“Además de la Ley de Violencia Familiar, hay otras herramientas más clásicas y que por lo tanto llevan más tiempo desde el punto de vista judicial. La vía más extrema es la que ofrece el Derecho Penal: una persona que es atacada física o moralmente puede hacer una denuncia por lesiones, donde la figura más grave a la que puede arribar la violencia es el homicidio. La otra vía es la del Derecho Privado: una persona, además de interponer una denuncia penal por lesiones, puede al mismo tiempo hacer una demanda de indemnización por daño daños y perjuicios ocasionados por el daño físico o psíquico. En ese reclamo se pretende el pago de un monto de dinero que cubra la reparación del daño”.

La entrevistada abordó algunas otras figuras importantes en estos casos como la “Lesión Subjetiva” que es cuando alguien aprovechándose de la ligereza, inexperiencia, vulnerabilidad de un otro -en este caso un anciano- obtiene una ventaja mayor que la obtenida en una relación jurídica normal, y las “Acciones de Nulidad” que son recursos judiciales para atacar cualquier tipo de relación jurídica donde se demuestre que el consentimiento de una de las partes está viciado, dejan sin efecto esta relación, vuelve las cosas a un estado anterior y repara el daño.

Respecto al Derecho de la Ancianidad o Derecho de la Vejez y sus aportes a esta problemática, Isolina Dabove es una convencida de que esta nueva rama “es necesaria en este tiempo en relación al fenómeno del envejecimiento global. El Derecho tiene que tomar cartas en el asunto dado que los problemas jurídicos que plantea una sociedad envejecida son muy distintos a los que plantea una sociedad con una población joven o adulta fuerte”, agregó.

“El Derecho de la Ancianidad de a poco va generando una conciencia gerontológica en los operadores del Derecho, dado que permite comenzar a usar las herramientas que tenemos con las problemáticas que el envejecimiento plantea. En Derecho, una tarea importantísima para que el mismo sea consistente y funcione bien es la interpretación de las herramientas jurídicas. Es decir, darle sentido a las mismas a través de la comprensión de lo que significa -en este caso- ser viejo. Así como ocurrió, durante todo este tiempo, un cambio de mirada respecto de la niñez que hoy se ha naturalizado en todas lados, así de despacito desde el Derecho de la Ancianidad se está realizando en los operadores jurídicos un proceso de transformación de la mirada”.

Hablar de esta joven rama del Derecho llevó a Dabove a instalar en la entrevista el deseo y la necesidad de la creación de un pronto instrumento jurídicamente vinculante a nivel internacional. “Las herramientas que tenemos, aunque son reciclables y aprovechables para los conflictos jurídicos de las personas mayores, quedan escazas. En ese sentido, creo que el verdadero salto completo hacia un derecho gerontológico e incluyente de todas las edades se va a dar cuando finalmente en la Argentina entre en vigencia la próxima, futura, Convención Internacional de Derechos de las Personas Mayores. Desde una convención se irá consolidando nuevas miradas, en este caso la mirada gerontológica desde el Derecho de la Vejez, y por otro lado los mismos operadores, comenzando por los jueces, irán generando movimiento que terminarán luego legislándose”.

Apasionada y competente, Dabove se permite soñar en la entrevista y le dice a BLOG EGCI: “Si yo soñara con un derecho que sea totalmente incluyente de las personas mayores, me encantaría que además de la convención haya una Ley de Protección Integral de las personas mayores a nivel nacional, como la hay de los niños. Me encantaría que pudiésemos ser capaces de implementar Tribunales Especiales para las personas mayores, no todo juez va entender, además, la cuestión gerontológica. Así como fue necesario separar de los Tribunales Civiles y Comerciales el Derecho de Familia y se crearon los Tribunales de Familia, y también se hizo necesario crear Tribunales de Menores, es lo que debería ocurrir aquí porque es una problemática especial”.

Promediando la entrevista, se le consultó a la doctora Dabove sobre si creía que con la institución de esta efeméride mundial se podía observar una disminución de casos de violencia a mayores o si se habían visibilizado más casos de presentaciones judiciales o fallos que tengan como actores a personas mayores que denuncian situaciones de violencia en nuestro país. Para ello se permitió contestar de manera “intuitiva”, ya que no hay investigación que la avale al respecto, y respondió que para ella no hubo cambios. “Ni mejoró ni empeoró la situación. Creo que todavía falta visibilizar muchísimo más este tema. Hace falta educar cívicamente, educar en derecho. Estaría bueno hacer cursos de alfabetización jurídica para los mayores. Hay ‘analfabetismo jurídico’ de las mismas personas mayores en cuanto a sus derechos. En general las denuncias de violencia las hacen mujeres en edad reproductiva, en cuanto a violencia doméstica. Han crecido, según me comentan los colegas que hacen Derecho de Familia, las denuncias que hacen los varones (adultos en etapa activa), por violencia de las mujeres hacia ellos, eso sí ha cambiado. Pero en relación a los viejos, lamentablemente no”, concluyó.

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